Con relación a la decisión del Consejo de Estado de admitir la demanda de nulidad frente a la elección del Gobernador de Caldas, Dr Guido Echeverri Piedrahíta, y ordenar como medida cautelar la suspensión provisional de su cargo hasta que el proceso judicial culmine con una sentencia de fondo, la Corporación Cívica de Caldas invita a la ciudadanía a respetar y acatar la decisión del Consejo de Estado y a su vez espera que esta honorable corporación actúe con la celeridad debida para llegar prontamente a un fallo de fondo, ya que la interinidad en que queda nuestro departamento afecta de manera grave los intereses de esta región.
Así mismo, de manera muy respetuosa invitamos a los servidores públicos involucrados en la formulación colectiva y participativa del plan de desarrollo a continuar su trabajo sin distracciones: la falta de timonel no debe dejarnos sin carta de navegación.
A manera de pedagogía para la democracia, una de las líneas de trabajo de nuestra organización, líder en la defensa del interés colectivo, recordamos a los caldenses los aspectos relevantes del proceso que conduce a la decisión de suspensión del gobernador por parte del Consejo de Estado:
- El Dr. Guido Echeverri Piedrahíta fue elegido Gobernador de Caldas para el período 2012-2015. Sin embargo no concluyó su período de gobierno ya que en mayo de 2013 su elección fue declarada nula por el Consejo de Estado, debido a que la esposa del gobernador trabajó como Secretaria de Hacienda encargada de la Alcaldía de Manizales durante un breve período, dentro del año previo a la elección.
- El Dr. Guido Echeverri Piedrahíta fue elegido nuevamente Gobernador de Caldas para el período 2016-2019 con un histórico respaldo de 198.562 votos.
- Previo a las elecciones del pasado mes de octubre el Consejo Nacional Electoral indicó que el candidato Guido Echeverri Piedrahíta no estaba inhabilitado y adicionalmente un concepto unánime de la sala de consulta del Consejo de Estado respaldó la tesis según la cual el Dr. Guido Echeverri podía aspirar a ser gobernador de Caldas para el período 2016-2019. No obstante, es pertinente recordar que los conceptos de la sala de Consulta del Consejo de Estado no tienen poder vinculante, es decir que no son de obligatorio cumplimiento o acatamiento.
- Una vez el Dr. Guido Echeverri Piedrahíta fue elegido como gobernador, se instauraron dos demandas ciudadanas de acuerdo con las cuales el Dr. Echeverri se encuentra inhabilitado para ejercer su cargo en el período 2016-2019 ya que la Constitución Política de Colombia prohíbe la reelección inmediata de gobernadores y el gobernador actual fue elegido para el mismo cargo en el período inmediatamente anterior (2012-2015). La tesis jurídica contraria señala que al Dr. Guido Echeverri le fue declarada nula su elección y el efecto de la nulidad en el mundo jurídico es que las cosas no existieron. Así mismo entre las dos elecciones del Dr. Guido Echeverri se presentó la elección atípica del Gobernador Julián Gutiérrez y por lo tanto no habría habido reelección inmediata.
- En su decisión de marzo de 2016 la Sección Quinta del Consejo de Estado admite la demanda que busca la declaratoria de nulidad de la elección del Gobernador Guido Echeverri y ordena su suspensión provisional, mientras estudia el proceso y toma una decisión de fondo mediante una sentencia. Esto significa que el Gobernador está suspendido de manera provisional, no destituido.
- Mientras el gobernador Guido Echeverri esté suspendido de su cargo, el departamento de Caldas deberá tener un gobernador encargado. Ese mandatario es designado provisionalmente por el Presidente de la República, mientras el partido político que otorgó el aval al Dr. Guido Echeverri para su inscripción como candidato elabore una terna, que debe incluir al menos el nombre de una mujer. Una vez el partido presente la terna, el Presidente de la República o su designado (puede ser el Ministro del Interior), elige un nombre de esa terna para que esté al frente del departamento hasta que el Consejo de Estado llegue a una decisión de fondo. El encargo no tiene límite legal en el tiempo. Puede durar semanas o meses, hasta tanto el Consejo de Estado falle el caso de fondo mediante una sentencia judicial.
- La Sección Quinta del Consejo de Estado deberá llegar a una decisión de fondo mediante sentencia judicial. Si determina que el Gobernador Guido Echeverri no estaba inhabilitado, éste podrá regresar a su cargo. Si por el contrario determina que ocurrió una reelección inmediata y que el gobernador estaba inhabilitado, el Consejo de Estado procedería a la declaratoria de la nulidad de la última elección y en consecuencia se convocaría a una elección atípica de gobernador, para que los caldenses en las urnas entraran a definir quién debería regir los destinos del departamento por lo que resta del período, hasta el 31 de diciembre de 2019. En este caso, como en las anteriores elecciones, la Corporación Cívica de Caldas junto con la Misión de Observación Electoral MOE, realizaría observación electoral de la elección atípica. Vale recordar que las elecciones atípicas se convocan solo hasta cuando faltan 18 meses para terminar el período. Es decir que si a junio 30 de 2018 el Consejo de Estado no ha tomado una decisión de fondo, o decide después de esa fecha, el departamento tendría gobernador encargado por el resto del período.