En las últimas horas se generó un debate público sobre la independencia de los medios de comunicación en Manizales, el cual fue propiciado por la polémica entre Carlos Mario Marín, concejal del Partido Verde en Manizales, y el Alcalde de esta ciudad durante el noticiero El Matutino de la emisora UM Radio. El concejal se refirió a que los medios de comunicación locales estarían siendo cooptados por la administración municipal, lo cual fue rechazado al aire por el mismo Alcalde. Posteriormente, la Unidad de Prensa de la Alcaldía divulgó un comunicado negando lo dicho por el cabildante y explicando los términos de su relación con los comunicadores: «las relaciones contractuales que se tienen con periodistas obedecen al ejercicio que por mandato constitucional le asiste a las entidades públicas de difundir y publicitar como mecanismo permanente de transparencia y rendición de cuentas todas las acciones de gobierno. Dichos contratos de pauta publicitaria se hacen a la luz de los requisitos legales y su consulta es pública a través del sistema electrónico de contratación pública (SECOP).»
Con el fin de aportar elementos de discusión y buscar propuestas que permitan contar con una pauta publicitaria más transparente y más garantista con la libertad de información, la Corporación Cívica de Caldas (CCC) presenta los siguientes puntos de vista.
1. Este debate debería llevar tanto a la ciudad como al departamento a una discusión sobre cómo se está contratando la publicidad de los gobiernos locales con los medios de comunicación. Se trata de un debate que exige mayor profundidad, pues si bien es una problemática nacional, que corresponde a la estructura que tiene el sistema de contratación y el sistema de medios de todo el país, es una situación que podría mitigarse con iniciativas locales que están al alcance tanto de las alcaldías como de la Gobernación.
2. La contratación de publicidad oficial con medios de comunicación sueles hacerse de manera directa porque la ley deja esa posibilidad, es decir que se contrata a discreción del gobernante. Por consiguiente, existe un riesgo alto de que se vulneren la transparencia y los límites a la contratación de este tipo de servicios. Además se puede llegar a inhibir o a censurar la libertad de información y opinión con la que cuentan los periodistas al momento de hablar sobre el poder local. Esto último ha sido reconocido en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, donde se dice que «la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial» atenta contra la libertad de expresión.
3. Colombia hoy no cuenta con normas especiales sobre contratación de publicidad, tan solo cuenta con unas pocas limitaciones que establece el artículo 10 del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011), lo cual es obligatorio para todas las entidades: (1) que la publicidad informe sobre servicios de la entidad y que no promueva propaganda política en favor del gobernante; (2) que se respete un principio de austeridad, por la cual cada entidad debe tener “la mayor limitación (…) en cuanto a contenido, extensión, tamaño y medios de comunicación, de manera tal que se logre la mayor austeridad en el gasto y la reducción real de costos”. Sobre esto último, la CCC y el Observatorio de Medios de la Universidad de Manizales, divulgaron el año pasado un informe sobre la contratación de publicidad de la Alcaldía de Manizales y la Gobernación de Caldas en 2016, en este se comprobó que el gasto por publicidad viene subiendo de manera considerable: 43% en la Gobernación, 117% en la Alcaldía, ambos respecto de 2015.
3. En este mismo informe, la CCC declaró: «En Colombia no hay reglas especiales, sobre la contratación de la publicidad oficial de las entidades públicas. Lo dispuesto por el Estatuto Anticorrupción, aunque es pertinente y necesario, no es completo y apenas aborda una parte de las necesidades en materia austeridad, objetivos legítimos de la publicidad y contenido de la misma. Mientras persiste esta situación, el Gobierno Nacional y las entidades territoriales suelen hacer esta contratación de manera directa, a dedo, sin criterios o mecanismos que garanticen objetividad en la selección de los medios y periodistas contratistas. También lo suelen hacer sin planeación previa y sin análisis sobre cuál medio es el más idóneo para llegar al público objetivo de la publicidad respectiva. Ante la ausencia de una ley íntegra, tampoco existen pactos de transparencia, austeridad y objetividad al interior de las entidades de Caldas, lo cual podría al menos garantizar estos principios básicos de manera autónoma al momento de contratar publicidad con medios y periodistas». En este sentido, tanto la Gobernación de Caldas como la Alcaldía de Manizales podrían estudiar la posibilidad de construir protocolos propios de contratación que mitiguen los riesgos de la contratación directa de la publicidad y que garanticen la transparencia, la efectividad y la objetividad en la selección de los medios que publicitarán.
4. La CCC reitera que este vacío jurídico en la contratación de la publicidad oficial no necesariamente lleva a una cooptación de los medios de comunicación por parte de los gobiernos locales, pero sin duda sí genera un riesgo sobre la libertad de expresión de los periodistas al momento de informar sobre el poder local, en la medida en que estos recursos, asignados de manera discrecional, pueden ser usados como recompensa de una prensa favorable con el gobernanto o como castigo de una información crítica contra el mismo. El ideal es tener un sistema de contratación que garantice la transparencia administrativa y las libertades periodísticas. La CCC considera que los gobiernos de Manizales y Caldas están en la capacidad de estudiar propuestas.