Cuando hablamos del aprovechamiento económico del espacio público en Manizales, nos referimos a que, desde la entrada en vigor el Decreto 0012 de 2025, se estableció una formula de retribución económica para quienes pretendan aprovechar económicamente los elementos que constituyen y complementan el espacio público. Esto se debe a que el espacio público es un bien común, destinado al disfrute de todos los ciudadanos, y quien lo use de forma exclusiva —ya sea de manera temporal o permanente— debe compensar a la comunidad por ese ese privilegio.
Después de estudiar el decreto, la respuesta a un derecho de petición que sobre este tema respondió la Alcaldía de Manizales y una cita en que se solucionaron varias de nuestras dudas, vimos que el tema es mucho más complejo de lo esperado, por eso la Corporación Cívica de Caldas insta a la Administración Municipal a comenzar de manera urgente una campaña pedagógica masiva que permita que las empresas y personas que deben legalizar su situación actual frente al aprovechamiento económico del espacio público (APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO) gestionar oportunamente el trámite ante las autoridades.
Otro tema urgente, que solicitamos se priorice dentro de la gestión municipal, es la planeación de las acciones necesaria para superar el reto operativo que, al menos esta primera ola de permisos requiere, desde la cantidad adicional de trabajo que van a tener que asumir las secretarías frente al plazo del 31 de octubre, pasando por la capacitación necesaria para que la logística interna funcione correctamente, hasta el cumplimiento de los plazos en que deben darse los trámites cuando varias secretarías interactúan para dar respuesta oportuna a la ciudadanía.
De que se trata
El Decreto 0012 de 2025 tiene como objetivo principal reglamentar y ordenar el aprovechamiento económico del espacio público en el municipio de Manizales. Su espíritu se centra en establecer un marco claro y justo para que los ciudadanos y comerciantes puedan hacer uso productivo de estos espacios, al mismo tiempo que se garantiza su conservación, mantenimiento y mejora.
Este marco busca la progresividad y adaptación para incorporar nuevas modalidades de aprovechamiento, la proporcionalidad y equidad en la retribución económica, y la sostenibilidad y seguridad en el uso del espacio público.
Un aspecto fundamental es que los recursos económicos generados por este aprovechamiento son destinados exclusivamente al Fondo de Aprovechamiento Económico del Espacio Público, y deben ser invertidos en la conservación, mantenimiento, adecuación, construcción, administración, control y promoción del buen uso del espacio público. Esto subraya la idea de que el aprovechamiento económico debe reinvertirse en beneficio de la comunidad y del propio espacio público.
Tipos de Aprovechamiento Económico y Ejemplos de Actividades
El decreto clasifica las actividades de aprovechamiento económico del espacio público en ocho modalidades distintas, cada una con sus propias características y requisitos de trámite:
• 1. Mesas, sillas, aparadores en antejardines y espacio público:
◦ Descripción: Permite la ocupación temporal de antejardines y áreas de espacio público adyacentes a establecimientos comerciales.
◦ Ejemplos de actividades: Comerciantes como restaurantes, cafés o bares que desean colocar mesas, sillas o exhibidores de productos en el exterior de sus locales para atender a sus clientes o mostrar su mercancía. Es importante que esta actividad esté ligada a un establecimiento comercial existente en el inmueble.
◦ Entidad encargada: Secretaría de Planeación Municipal.
◦ Plazo de revisión: 30 días hábiles.
• 2. Mobiliario comercial urbano:
◦ Descripción: Se refiere a la instalación de elementos de mobiliario diseñados con fines comerciales en el espacio público.
◦ Ejemplos de actividades: Quioscos, cabinas de venta de periódicos, flores o pequeños artículos, u otras estructuras comerciales semi-fijas.
◦ Entidad encargada: Comité Técnico y de Administración de los Recursos del Fondo de Aprovechamiento Económico del Espacio Público.
◦ Plazo de revisión: 45 días hábiles.
• 3. Unidades de venta de bienes y servicios:
◦ Descripción: Autoriza el uso de unidades individuales para la venta de productos o la prestación de servicios.
◦ Ejemplos de actividades: Carros de comida (food carts), puestos de venta de helados, artesanías, accesorios o servicios como reparaciones menores en un punto fijo.
◦ Entidad encargada: Secretaría del Interior o la Promotora de Eventos y Turismo.
◦ Plazo de revisión: 30 días hábiles.
• 4. Agrupaciones de venta de bienes y servicios:
◦ Descripción: Similar al anterior, pero para conjuntos de unidades o eventos que congregan múltiples vendedores de bienes y servicios en un área específica.
◦ Ejemplos de actividades: Ferias temporales de emprendedores, mercados de pulgas organizados o zonas con varios food trucks agrupados.
◦ Entidad encargada: Secretaría del Interior o la Promotora de Eventos y Turismo.
• 5. Unidades económicas móviles:
◦ Descripción: Concede permiso para actividades económicas realizadas desde vehículos o estructuras que pueden desplazarse.
◦ Ejemplos de actividades: Food trucks, vehículos de venta de café o camiones adaptados para servicios móviles (como peluquerías móviles, talleres exprés).
◦ Entidad encargada: Secretaría del Interior o la Promotora de Eventos y Turismo, con el apoyo de la Secretaría de Movilidad.
◦ Plazo de revisión: 30 días hábiles.
• 6. Unidades de saneamiento público:
◦ Descripción: Permite el establecimiento de instalaciones destinadas a servicios de saneamiento en el espacio público.
◦ Ejemplos de actividades: Baños públicos gestionados por privados o puntos de recolección de residuos específicos que operen con fines económicos.
◦ Entidad encargada: Secretaría del Interior o la Promotora de Eventos y Turismo, con el apoyo de la Secretaría de Medio Ambiente.
◦ Plazo de revisión: 30 días hábiles.
• 7. Parques de diversiones, atracciones mecánicas y/o dispositivos de entretenimiento:
◦ Descripción: Autoriza la instalación y operación de parques de atracciones o dispositivos de entretenimiento temporales o permanentes.
◦ Ejemplos de actividades: Ferias con juegos mecánicos, carruseles, inflables o instalaciones de realidad virtual en el espacio público.
◦ Entidad encargada: Secretaría del Interior o la Promotora de Eventos y Turismo.
◦ Plazo de revisión: 60 días hábiles.
• 8. Zonas especiales:
◦ Descripción: Áreas del espacio público que, por sus condiciones particulares o la existencia de planes y proyectos específicos, requieren una valoración y reglamentación distinta.
◦ Ejemplos de actividades: En el decreto no se detallan actividades específicas, ya que dependerá de la valoración de cada zona. En la reunión que tuvimos en la Secretaría de Planeación ponen como ejemplo la zona de Provenza en Medellín o la Calle 93 en Bogotá. De acuerdo con el decreto podrían ser zonas turísticas, culturales o de alto flujo que requieran una regulación a medida.
◦ Entidad encargada: Secretaría de Planeación y el Comité Técnico y de Administración de los Recursos del Fondo de Aprovechamiento Económico del Espacio Público.
Quienes quedan por fuera del alcance de esta medida
• El decreto no alcanza las actividades de ventas informales y ambulantes, es decir, los trámites de legalización del aprovechamiento del espacio público implican —en los casos en que esta situación no se haya realizado aún— el registro del negocio o la actividad económica a realizarse en la Cámara de Comercio de la ciudad.
• Las actividades de parqueo sobre vías públicas tampoco se regulan por este decreto.
• Las actividades relacionadas con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones tampoco entran dentro de su alcance.
Ni en la respuesta al derecho de petición ni en el decreto se mencionan explícitamente «exenciones» generales de cumplimiento al decreto para ciertos grupos o actividades. En su lugar, el decreto establece condiciones específicas para la autorización o para la aplicación de la retribución económica:
• Por ejemplo, en el caso de mesas, sillas y aparadores en antejardines, la autorización de aprovechamiento económico no se otorgará si no existe un establecimiento comercial en el inmueble. Esto no es una exención, sino una condición para la aplicabilidad de la norma para esa modalidad.
• Para las actividades económicas que ya existían antes de la entrada en vigor del decreto en espacios privados de uso público (como mesas, sillas, aparadores y unidades de venta), se establece un régimen de transición. Esto significa que no están exentas, sino que tienen un plazo para regularizarse.
Información adicional
El Comité Técnico de Aprovechamiento del Espacio Público será una especie de ente rector que establecerá los lineamientos con los que se articulan las distintas secretarías de la alcaldía frente a este tema, establecerá los lineamientos necesarios para la inspección y vigilancia de las actividades de aprovechamiento económico del espacio público y definirá los mecanismos de convocatoria de selección para otorgar las autorizaciones para el aprovechamiento económico del espacio público, tanto en personas naturales como jurídicas.
El aprovechamiento económico del espacio público será prevenir y disminuir la ocupación indebida del espacio público, generar un marco normativo y tante para realizar algunas actividades en espacios públicos o espacios privados de uso público, regular y promover esas actividades, prevenir conflictos entre los interesados para utilizarlo, definir los mecanismos de retribución y compensación por el aprovechamiento del espacio y crear una fuente de financiación para el mantenimiento, sostenimiento y mejoramiento del espacio público. También servirá para prevenir los procesos de ocupación en suelos y zonas de amenaza y riesgo de desastres, áreas de tratamiento geotécnico establecidas en el POT.
Serán elementos constitutivos del espacio público susceptibles de aprovechamiento económico los siguientes:
• El espacio público efectivo de la ciudad representado en plazas, plazoletas, parques deportivos y recreativos, parques infantiles, parques ornamentales, ecoparques y zonas verdes.
• Bulevares consolidados y andenes.
• Parte del subsistema vial y zonas bajo puentes.
• Espacios privados de uso público.
El aprovechamiento económico del espacio público no otorga derechos de posesión sobre el espacio público ni es un mecanismo para la obtención de derechos adquisitivos sobre lugares ocupados.
Tendrán prioridad en la utilización del espacio público, de manera continua u ocasional, las actividades promovidas por la administración municipal.
Situaciones más importantes para el público
Para el público en general y los comerciantes, los puntos más importantes a conocer son:
• 1. Régimen de transición para actividades existentes: Los comerciantes que ya estén realizando actividades económicas en espacios privados de uso público (mesas, sillas, aparadores y unidades de venta) tienen, gracias a la ampliación del término inicial, un plazo máximo hasta el 31 de octubre de 2025 para tramitar su autorización. Esto es: remitir a la Secretaría de Planeación los documentos necesarios para efectuar el trámite y agendar la visita de inspección. Como resultado de esa visita pueden recibir un aprobado, las instrucciones de adecuación del espacio o la denegación del permiso para el aprovechamiento económico del espacio público. Quienes deban acondicionar el espacio según las condiciones físico-espaciales establecidas antes del 1 de febrero de 2026. Es crucial cumplir con estos plazos, ya que la falta de autorización podría llevar a sanciones.
• 2. Destino de los recursos recaudados: La retribución económica que los comerciantes pagan por el uso del espacio público no va a un fondo general, sino que ingresa al Fondo de Aprovechamiento Económico del Espacio Público. Estos fondos tienen un destino específico y obligatorio: deben ser invertidos exclusivamente en la conservación, mantenimiento, adecuación, construcción, administración, control y promoción del buen uso del espacio público. Esto garantiza que el dinero contribuya directamente a la mejora de los espacios que se utilizan.
• 3. Proceso de solicitud digital y accesible: La mayoría de los trámites para solicitar la autorización de aprovechamiento económico se realizan a través de herramientas digitales, mediante un trámite en línea y sin ningún costo inicial por la gestión. Esto facilita el acceso y la gestión de las solicitudes para los interesados.
• 4. Quién debe realizar la solicitud: Las solicitudes de aprovechamiento económico deben ser presentadas por el propietario del inmueble, el titular del negocio o la persona que asuma legalmente las obligaciones económicas, fiscales y urbanísticas derivadas de la autorización. Esto define claramente la responsabilidad legal del trámite.
*Lo invitamos a corporarse y hacer causa común en defensa del interés colectivo. Escríbanos a [email protected] y [email protected]